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Freelance también deberán presentar declaración anual

Antes del 30 de abril, trabajadores independientes o freelancers que están dados de alta con un régimen fiscal tributario y tienen una e.fima para emitir facturas, tienen la obligación fiscal de presentar sus declaraciones anuales 2018 y mensuales 2019.

Después de que pase la fecha límite, el Servicios de Administración Tributaria (SAT) podrá cobrar recargos por atraso u omisión de esta responsabilidad informativa, advirtió el portal financiero Coru.com

Recomendó por ello en un comunicado validar el registro ante el SAT por servicios profesionales y si se tiene otra actividad se puede cambiar.

Es importante revisar también fecha de documentación, pues la declaración anual requiere las facturas que se han expedido en el último año, es decir, ingresos y egresos de 2018, y es recomendable conservar comprobantes fiscales de cinco años atrás.

En el caso de verificar información de ingresos y egresos, en la página del SAT se pueden descargar el Visor de nómina, este refleja la información que dio el empleador respecto a los ingresos y retenciones del empleado y verifica que coincida con la del trabajador, y en caso de tener inconsistencias se deben aclarar a la brevedad.

Asimismo, se tiene el Simulador, herramienta en la que se puede mostrar la declaración anual para tener un resultado previo y conocer si se tendrá un saldo a favor o un cargo.

Existen gastos que son deducibles para cualquier profesionista, como son servicios médicos o funerarios, donaciones, colegiaturas, aportaciones voluntarias para el retiro, seguro de transporte escolar e intereses por hipotecas.

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